Idoneidad y registro del traductor
Estas traducciones deben llevar el sello y la firma de un traductor público autorizado que posea la idoneidad correspondiente y esté registrado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
La idoneidad debe autorizar al traductor para trabajar del idioma original al idioma de destino. Por ejemplo, la autorización para traducir de inglés a español no autoriza necesariamente a traducir de español a inglés. Por ello, debe verificarse que la idoneidad cubra específicamente el sentido de traducción requerido.
Documentos que pueden traducirse
- Apostillas
- Certificados de nacimiento y matrimonio
- Antecedentes penales
- Pasaportes y documentos de identidad
- Visas y permisos
- Cartas de trabajo y constancias laborales
- Estados de cuenta y certificaciones bancarias
- Declaraciones juradas
- Resoluciones y documentación migratoria
- Documentos de dependientes y vínculos familiares
¿Debe apostillarse el documento antes de traducirlo?
Depende del trámite y de la institución que recibirá la documentación. En muchos casos, la apostilla forma parte del documento que debe traducirse; en otros, la entidad puede establecer un orden diferente.
Antes de proceder, confirme con la autoridad, el consulado, el abogado o la institución receptora qué documentos debe presentar, si deben estar apostillados, si la apostilla también debe traducirse y si aceptan entrega electrónica o requieren documentos impresos.
El servicio de traducción no incluye la expedición de apostillas ni la determinación de los requisitos del trámite migratorio.
Para solicitar una cotización
Envíe copias completas y legibles de todos los documentos, incluidas las apostillas, sellos, certificaciones y páginas anexas que deban traducirse. Indique el país de destino, el propósito general del trámite y la fecha requerida.